Real Decreto 476/2013 Art. 4
Artículo 4. Enseñanzas de las áreas de Educación Primaria.
Los Maestros a los que se refiere el artículo anterior podrán impartir todas las áreas de conocimiento de la Educación Primaria, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5 para las enseñanzas de música, de Educación Física y de Lengua Extranjera.