Ley 5/2013 Art. 9
Artículo 9. Memoria de las actividades.
La «Universidad Europea del Atlántico» presentará a la Consejería competente en materia de universidades, a la finalización de cada curso académico, una memoria académica que incluirá el alumnado matriculado, el personal docente e investigador contratado, el personal de administración y servicios y las actividades realizadas.