Ley 11/2014 · Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears.
Ley 11/2014 Art. 13
CAPÍTULO I
Artículo 13. Autorización autonómica para la instalación de gran establecimiento comercial.
1. Se requiere autorización única para las siguientes actuaciones:
a) La implantación y la ampliación de las instalaciones destinadas a establecimientos del tipo gran establecimiento comercial.
b) La apertura o la ampliación de los establecimientos individuales situados dentro de los mercados municipales si tienen una superficie útil para la exposición y venta que supere los límites establecidos en el artículo 12.
2. El procedimiento para el otorgamiento de la autorización se tramita ante la dirección general competente en materia de comercio e integra la intervención de la administración urbanística y del resto de administraciones con competencias sectoriales afectadas.
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- Vigente desde 2015-07-24