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Ley Orgánica 8/2014 · Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

Ley Orgánica 8/2014 Art. 47

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 47. Resolución sancionadora.

1. La resolución sancionadora contendrá, en todo caso, un sucinto relato de los hechos, las manifestaciones del infractor, la calificación de la falta cometida con indicación del apartado del artículo 6 en que está incluida, la sanción que se impone y, en su caso, las circunstancias de su cumplimiento.

2. La resolución será notificada por escrito al interesado, con expresa indicación de los recursos que contra ella procedan, el plazo hábil para recurrir y la autoridad o mando ante quien deba interponerse. Asimismo se comunicará por escrito a quien dio el parte y, en su caso, a quien deba ordenar la anotación en la documentación del sancionado.