Real Decreto 1054/2014 Art. 6
CAPÍTULO II
Artículo 6. Valor base del derecho de cobro correspondiente a la financiación del déficit del año 2013.
El valor base del derecho de cobro del déficit de ingresos de liquidaciones del sistema eléctrico en el año 2013 será el importe pendiente de cobro a fecha de inicio del periodo final, calculado de acuerdo con el apartado 3.3 del anexo III.