Real Decreto 1072/2014 Art. 32
CAPÍTULO V
Artículo 32. Provisión de puestos de trabajo.
La Agencia elaborará, convocará y resolverá las correspondientes convocatorias de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario, de conformidad con los principios generales y procedimientos de provisión establecidos en la normativa de función pública de la Administración General del Estado.