Real Decreto-ley 17/2014 Art. 9
CAPÍTULO II
Artículo 9. Adscripción.
El Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas y el Fondo de Financiación a Entidades Locales estarán adscritos al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a través de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.