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Ley 5/2013 · Ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Ley 5/2013 Art. 3

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 3. Representación, defensa y asesoramiento de las entidades del Sector Público Regional y Local y de las Corporaciones Locales.

1. El Gabinete Jurídico asumirá la representación y defensa en juicio de las entidades integrantes del Sector Público Regional, no comprendidas en el artículo anterior, mediante la suscripción del oportuno Convenio al efecto, en el que se determinará la compensación económica a abonar.

2. Los letrados que integran el Gabinete Jurídico podrán representar, defender y asesorar a las Corporaciones Locales y entidades del Sector Público Local del territorio de la Comunidad de Castilla-La Mancha en los términos que se establezcan reglamentariamente y a través del oportuno convenio de colaboración entre la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y las respectivas Corporaciones o las Federaciones de las mismas y entidades del Sector Público Local estableciéndose la correspondiente compensación económica.

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  • Vigente desde 2025-04-16