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Orden ECD/197/2014 · Orden ECD/197/2014, de 13 de febrero, por la que se establece la obligatoriedad de comunicación por medios electrónicos en determinados procedimientos de concesión de ayudas y subvenciones gestionadas por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y se establece un punto de acceso general en el Centro de Información al Ciudadano ubicado en la sede de la Secretaría de Estado de Cultura.

Orden ECD/197/2014 Art. 2

In KraftAmtlicher Text

Artículo 2. Comunicaciones electrónicas.

1. Deberán presentarse necesariamente por medios electrónicos las solicitudes relativas a los procedimientos de concesión de ayudas y subvenciones otorgadas por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música que, a continuación, se citan:

a) Ayudas a la música, la lírica y la danza.

b) Ayudas para programas de difusión, desarrollo y preservación del teatro y el circo y de comunicación teatral y circense.

c) Las subvenciones nominativas.

2. Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente ante el Registro Electrónico de la Secretaría de Estado de Cultura, en los modelos o formularios oficiales de solicitud por medios electrónicos que para cada procedimiento se determine, y que estarán accesibles en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Cultura.

3. En caso de no utilizarse los medios señalados, el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música requerirá la correspondiente subsanación, advirtiendo que, de no ser atendido el requerimiento, la presentación carecerá de validez o eficacia.