Real Decreto 127/2014 Art. 4
CAPÍTULO II
Artículo 4. Los módulos profesionales de las enseñanzas de Formación Profesional Básica.
Los módulos profesionales de las enseñanzas de Formación Profesional Básica estarán constituidos por áreas de conocimiento teórico-prácticas cuyo objeto es la adquisición de las competencias profesionales, personales y sociales y de las competencias del aprendizaje permanente a lo largo de la vida.