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Real Decreto 162/2014 · Real Decreto 162/2014, de 14 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de funcionamiento y régimen interior de los centros de internamiento de extranjeros.

Real Decreto 162/2014 Art. 34

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 34. Desplazamientos para la realización de actuaciones judiciales, del Ministerio Fiscal o administrativas.

1. El director autorizará el desplazamiento de los extranjeros internados a los fines de comparecencias o actuaciones judiciales o del Ministerio Fiscal. También lo autorizará para la realización de los trámites necesarios en la instrucción de los expedientes de expulsión, devolución o denegación de entrada. Se dejará constancia de tales desplazamientos en su expediente personal, con expresión de la fecha y hora de salida y regreso.

2. Los desplazamientos deberán ser comunicados al juez o tribunal a cuya disposición se encuentre el extranjero, cuando no sea la autoridad que los hubiera interesado.