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Real Decreto 162/2014 · Real Decreto 162/2014, de 14 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de funcionamiento y régimen interior de los centros de internamiento de extranjeros.

Real Decreto 162/2014 Art. 8

CAPÍTULO IV

In KraftAmtlicher Text

Artículo 8. Estructura.

1. En cada centro existirán las siguientes unidades y servicios:

a) Dirección.

b) Unidad de seguridad.

c) Administración.

d) Junta de coordinación.

e) Secretaría.

f) Servicio de asistencia sanitaria.

g) Servicio de asistencia social, jurídica y cultural.

2. Los puestos de trabajo de las unidades y servicios que integran los centros que impliquen funciones de dirección y seguridad serán desempeñados por funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía. Corresponderá a empleados de las administraciones públicas el de los demás servicios de carácter asistencial, logístico y administrativo, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 14 y 15.