Orden AAA/658/2014 Art. 5
Artículo 5. Señalización.
El balizamiento de los palangres de superficie deberá cumplir las normas recogidas en los artículos 13 al 17 del Reglamento (UE) de Ejecución n.º 404/2011 de la Comisión de 8 de abril de 2011 que establece las normas de desarrollo del Reglamento (CE) n.º 1224/2009 del Consejo por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común.