Resolución 4B0/38008/2014 Art. 7
7. Disposición derogatoria.
A la entrada en vigor de la presente Resolución quedarán sin efecto:
A) La Resolución 4B0/38276/2009, de 16 de diciembre, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se aprueba la Cartera de Servicios de Asistencia Sanitaria del ISFAS.
B) La Resolución 4B0/38116/2012, de 8 de agosto, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se actualiza el anexo 5 de la Resolución 4B0/38276/2019, de 16 de diciembre, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se aprueba la Cartera de Servicios de Asistencia Sanitaria del ISFAS.
C) La Resolución 4B0/38185/2012, de 18 de diciembre, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se actualiza el anexo 1 de la Resolución 4B0/38276/2019, de 16 de diciembre, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, por la que se aprueba la Cartera de Servicios de Asistencia Sanitaria del ISFAS.
D) Cualquier disposición o norma interna sobre la materia objeto de la presente Resolución que hubiera sido dictada por cualquier órgano del ISFAS.