Ley 3/2014 · Ley 3/2014, de 24 de abril, del Consejo Consultivo de Galicia.
Ley 3/2014 Art. 8
TÍTULO II
Artículo 8. Deber de secreto.
Las personas que integran el Consejo tienen la obligación de guardar secreto sobre el contenido de las deliberaciones del mismo y no podrán hacer, sin su previa autorización, declaraciones o manifestaciones públicas, valorativas, orales o escritas, o formular del mismo modo opiniones científicas, sobre temas o materias concretas que estén directamente relacionados con asuntos sometidos o que debe conocer el Consejo.