Ley 1/2014 Art. 2
Artículo 2. Centros y enseñanzas de la Universidad Fernando Pessoa-Canarias.
La Universidad Fernando Pessoa-Canarias constará inicialmente de los centros que se relacionan en el anexo. Dichos centros se encargarán de la organización de las enseñanzas y de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de los títulos oficiales con validez en todo el territorio nacional que, igualmente, se relacionan en el anexo.