Real Decreto 418/2014 Art. 7
Artículo 7. Terminación del procedimiento.
1. La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, adoptará y notificará la resolución que en derecho proceda en el plazo de un mes desde la recepción de la propuesta.
2. La resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia pone fin a la vía administrativa.