Resolución de 26 de junio de 2014 Art. 5
5. Entrada en vigor y derogación.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», quedando derogada la instrucción AM-10/1989, de 11 de diciembre, sobre Régimen de la asistencia sanitaria en el exterior y cualesquiera otras disposiciones internas de la Mutualidad que se opongan a lo establecido en la misma.