Decreto Legislativo 1/2014 Art. 49
Subsección 1
Artículo 49. Reducción en las donaciones a patrimonios protegidos titularidad de personas con discapacidad.
En las donaciones que constituyan aportaciones a los patrimonios protegidos regulados en la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la normativa tributaria con esta finalidad, se aplicará una reducción del 99 %, que será incompatible con la reducción establecida en el artículo 48 anterior.