Decreto Legislativo 1/2014 Art. 71
CAPÍTULO V
Artículo 71. Tipo de gravamen aplicable a juegos practicados por medio de servicios de telecomunicación sobretarifados o con tarifación adicional.
El tipo de gravamen para cualquiera de los juegos gravados por este tributo en los que se participe, totalmente o en parte, mediante servicios de telecomunicación sobretarifados o con tarifación adicional será del 12 %.