Decreto Legislativo 1/2014 Art. 74
Sección 2
Artículo 74. Tipo de gravamen en el impuesto especial sobre determinados medios de transporte.
De acuerdo con el artículo 51 de la Ley 22/2009, en el impuesto especial sobre determinados medios de transporte el tipo de gravamen aplicable a los medios de transporte del epígrafe 4º del artículo 70.1 de la Ley 38/1992 será del 16 %.