Ley 2/2014 · Ley 2/2014, de 13 de junio, de Puertos de la Generalitat.
Ley 2/2014 Art. 79
CAPÍTULO IV
Artículo 79. Tipo de gravamen.
El tipo de gravamen anual aplicable a la base imponible será:
a) El cinco por ciento para aquellas instalaciones náutico-deportivas situadas en puertos gestionados directamente por la Generalitat Valenciana.
b) El dos por ciento para el resto de instalaciones náutico-deportivas situadas en puertos que no sean gestionados directamente por la Generalitat Valenciana.
Änderungsgeschichte
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