Orden AAA/1260/2014 Art. 5
Artículo 5. Gestión.
La gestión de las ZEPA marinas recogidas en el anexo I corresponde al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, tal y como establece el artículo 28.c de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino, a través de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar.