Orden JUS/1357/2014 Art. 2
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
La presente Orden es de aplicación a las Fiscalías de las ciudades de Murcia, Cáceres, Cuenca, Ceuta y Melilla, en que se implanta la oficina fiscal, junto con las respectivas Secciones Territoriales de Cieza y Lorca, dependientes de Murcia, y Plasencia dependiente de Cáceres, que se recogen en el anexo I.
Las Relaciones de Puestos de Trabajo se unen a la presente Orden como anexo I.