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Real Decreto 18/2014 · Real Decreto 18/2014, de 17 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

Real Decreto 18/2014 Art. 5

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 5. El Presidente.

1. El Presidente de IDAE lo será también del Consejo de Administración.

2. Serán facultades del Presidente de IDAE:

a) Ostentar la alta representación del Instituto.

b) Velar por el cumplimiento de este estatuto y de los acuerdos adoptados por el Consejo de Administración y, en su caso, de la Comisión Ejecutiva.

c) Ejercer la alta inspección de los servicios de la entidad y la vigilancia del desarrollo de su actividad.

d) Las demás facultades y funciones que le atribuyan estos estatutos, le delegue, en su caso, el Consejo de Administración o le correspondan de conformidad con la normativa vigente.

3. El Presidente de la entidad, como Presidente del Consejo de Administración, dirigirá las deliberaciones y demás tareas del Consejo de Administración, así como convocará, presidirá y fijará el orden del día de las reuniones del Consejo de Administración.

4. En casos de vacante, ausencia, enfermedad o imposibilidad de asistencia por cualquier otra causa, el Presidente del Consejo de Administración será sustituido, por este orden, por el Vicepresidente o por el titular de la Dirección General de la entidad.