Ley 1/2014 Art. 33
CAPÍTULO VI
Artículo 33. Prescripción y caducidad.
El régimen de prescripción y caducidad del procedimiento sancionador será el establecido en la Ley 2/1988, de 20 de febrero, de la Potestad Sancionadora de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.