Ley 6/2014 · Ley 6/2014, de 12 de septiembre, de Industria de Castilla y León.
Ley 6/2014 Art. 9
CAPÍTULO I
Artículo 9. Responsabilidad.
Las personas físicas o jurídicas que realicen actividades comprendidas en el ámbito de aplicación de la presente Ley responderán de los daños que pudieran derivarse de su actuación, conforme a lo establecido en la legislación aplicable, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa que pudiera resultar de la comisión de alguna de las infracciones tipificadas en la presente Ley.