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Real Decreto 981/2015 · Real Decreto 981/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Bravas, Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Tranquilas, y Técnico Deportivo en Piragüismo Recreativo Guía en Aguas Bravas, y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.

Real Decreto 981/2015 Art. 18

CAPÍTULO III

In KraftAmtlicher Text

Artículo 18. Competencia general del ciclo final de grado medio en piragüismo recreativo guía en aguas bravas.

La competencia general del ciclo final de grado medio en piragüismo recreativo guía en aguas bravas consiste en conducir y dinamizar a personas o grupos por itinerarios en aguas bravas de hasta grado IV utilizando embarcaciones propulsadas por palas o aletas; programar, dirigir y dinamizar el perfeccionamiento técnico en piragüismo recreativo en aguas bravas; diseñar itinerarios de navegación en aguas bravas; organizar la seguridad e intervenir en accidentes o situaciones de riesgo o emergencia en aguas bravas; gestionar los recursos necesarios y coordinar las actividades de los técnicos a su cargo; organizar actividades, competiciones y eventos de iniciación en aguas bravas; todo ello conforme a las directrices establecidas en la programación de referencia, en condiciones de seguridad y con el nivel óptimo de calidad que permita la satisfacción de los deportistas participantes en la actividad.