Real Decreto 981/2015 Art. 28
CAPÍTULO V
Artículo 28. Requisitos de acceso al ciclo inicial de grado medio en piragüismo para personas sin el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Se podrá acceder a las enseñanzas del ciclo inicial de grado medio en piragüismo, sin el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, siempre que el aspirante reúna los otros requisitos de carácter específico que se establecen en el presente real decreto, cumpla las condiciones de edad y supere la prueba establecida en el artículo 31.1.a) del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.