Orden AAA/2534/2015 Art. 4
Artículo 4. Transferencias temporales de posibilidades de pesca.
Las transmisiones temporales de posibilidades de pesca asignadas se realizarán conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden por la que se establecen criterios de gestión de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican determinadas órdenes que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las mismas.
Änderungsgeschichte
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