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Orden IET/2736/2015 · Orden IET/2736/2015, de 17 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas para el 2016.

Orden IET/2736/2015 Art. 2

In KraftAmtlicher Text

Artículo 2. Revisión de la retribución de los años 2014 y 2015.

1. Las revisiones de la retribución por disponibilidad y por continuidad de suministro de los años 2014 y 2015 de las actividades reguladas de transporte, regasificación y almacenamiento subterráneo se incluirán de la siguiente forma:

a) Las revisiones correspondientes a las retribuciones de 2014, se incluirá en la liquidación definitiva del ejercicio 2014.

b) Las revisiones correspondientes a las retribuciones de 2015, se incluirán en la primera liquidación disponible del 2015.

En el anexo, junto a la retribución para el año 2016, se recogen los ajustes de las retribuciones de los años 2014 y 2015, en aplicación de lo dispuesto en la disposición final cuarta de la Ley 8/2015, de 21 de mayo, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y por la que se regulan determinadas medidas tributarias y no tributarias en relación con la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos.

2. Revisión de la retribución por traspaso de activos, fusiones y adquisiciones.

Las retribuciones de Gas Natural Distribución SDG, S.A. y Gas Natural Madrid SDG, S.A. correspondientes al término Rn-1 y a los ejercicios 2014 y 2015 serán las siguientes:

a) La retribución Rn-1 asignada a Gas Natural Distribución SDG, S.A. en el apartado 6 del anexo X de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, y posteriormente actualizada de acuerdo con los valores definitivos de clientes y ventas del año 2013, se repartirá entre dicha empresa y Gas Natural Madrid, S.A. de acuerdo a la siguiente tabla.

b) Las retribuciones del año 2014 de ambas compañías, calculadas con los valores definitivos de clientes y ventas de dicho ejercicio y aplicando las metodologías de la Orden ITC/3993/2006, de 29 de diciembre, por la que se establece la retribución de determinadas actividades reguladas del sector gasista y de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, serán las siguientes:

c) Las retribuciones del año 2015 de ambas compañías, calculadas según la metodología del anexo XI de la Ley 18/2014, de 15 de octubre y empleando los valores provisionales de clientes y ventas disponibles a 1 de noviembre de 2015 son las siguientes: