Ley 10/2014 · Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón.
Ley 10/2014 Art. 40
CAPÍTULO I
Artículo 40. Definición.
Corresponde al Instituto Aragonés del Agua el desarrollo de las Bases de la Política del Agua en Aragón, así como la elaboración de las propuestas de modificación para su aprobación, según lo previsto en esta ley.