Ley 11/2014 · Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.
Ley 11/2014 Art. 30
CAPÍTULO II
Artículo 30. Resultado de la información pública y de las consultas.
1. En el plazo máximo de quince días naturales desde que hubiera concluido el periodo de información pública y consultas a que se refieren los artículos 28 y 29, el órgano sustantivo remitirá al promotor para su consideración los informes recibidos en las consultas realizadas y las alegaciones presentadas en el periodo de información pública. Esta remisión se realizará por el órgano ambiental cuando se trate de proyectos sometidos a declaración responsable o comunicación previa.
Si el promotor decidiera redactar una nueva versión del proyecto y del estudio de impacto ambiental a la vista del resultado de la información pública y las consultas, se iniciará de nuevo el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
2. (Suprimido).
Änderungsgeschichte
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