Ley 10/2014 · Ley 10/2014, de 3 de diciembre, de accesibilidad.
Ley 10/2014 Art. 4
CAPÍTULO II
Artículo 4. Ámbito de aplicación.
Están sometidas a las previsiones de la presente ley todas las actuaciones llevadas a cabo en la Comunidad Autónoma de Galicia por entidades públicas o privadas, así como por las personas individuales, en materia de:
a) Espacios públicos urbanizados, infraestructuras y edificación.
b) Transportes.
c) Telecomunicaciones y sociedad de la información.
d) Bienes y servicios a disposición del público y relaciones con las administraciones públicas.