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Orden ECC/566/2015 · Orden ECC/566/2015, de 20 de marzo, por la que se establecen los requisitos de capacitación que debe cumplir el personal que maneje animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia.

Orden ECC/566/2015 Art. 10

Sección 1

In KraftAmtlicher Text

Artículo 10. Función de veterinario designado.

Para obtener el reconocimiento de la capacitación para la función de veterinario designado, se requerirá el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión de un título universitario de licenciado, grado, máster o doctor, o equivalentes que permita el ejercicio de la veterinaria.

b) Superar los cursos de formación dirigidos a alcanzar los resultados de aprendizaje incluidos en los módulos correspondientes a esta función según el anexo I.

Los órganos competentes podrán excepcionar la superación de estos cursos a quienes demuestren documentalmente conocimientos o experiencia en medicina de animales utilizados en experimentación y con otros fines científicos o docentes, equivalentes a los de los resultados de aprendizaje incluidos en los módulos a los que se refiere el párrafo anterior.