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Ley 1/2015 · Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja.

Ley 1/2015 Art. 147

CAPÍTULO III

In KraftAmtlicher Text

Artículo 147. Información en las instalaciones deportivas.

1. Todas las instalaciones deportivas de uso público deberán disponer, en lugar preferente, visible y legible al público, la siguiente información:

a) Titularidad de la instalación y de la explotación.

b) Aforo máximo permitido.

c) Actividades físicas y deportes que se oferten.

d) Cuotas y tarifas.

e) Normas de uso y funcionamiento.

f) Plano de emergencia y evacuación.

2. En todo caso, se encontrará en la instalación, a disposición de los usuarios, la información relativa a:

a) Licencia municipal.

b) Nombre y titulación de las personas que presten servicios en ella.

c) Cobertura de riesgos.

d) Características técnicas de la instalación y su equipamiento.

e) Cualquier otra información que se establezca reglamentariamente.