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Ley 1/2015 · Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja.

Ley 1/2015 Art. 52

Sección 3

In KraftAmtlicher Text

Artículo 52. Las campañas de promoción deportiva.

1. Complementariamente a los Juegos Deportivos de La Rioja, la consejería competente convocará campañas de promoción deportiva y fomentará las promovidas por ella misma en colaboración con las entidades locales, centros docentes y entidades deportivas.

2. Se prestará atención preferente, en la primera etapa escolar, a las relacionadas con el deporte de la pelota, a los deportes y actividades en el medio natural, a las actividades asociadas a la locomoción y a la formación multideportiva.

3. La consejería competente en materia deportiva convocará, de forma complementaria a la de Juegos Deportivos de La Rioja, acciones de sensibilización relacionadas con los valores del deporte y con la prevención de conductas violentas, homófobas o xenófobas en el deporte.

4. Implantación de programas tendentes a fomentar la práctica del ajedrez en la edad escolar en colaboración con las entidades locales, centros docentes y entidades deportivas.