Ley 6/2015 · Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.
Ley 6/2015 Art. 335
CAPÍTULO III
Artículo 335. Sanciones.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 323, respecto a la reparación del daño causado, a las anteriores infracciones en materia de concentración parcelaria les corresponden las sanciones expresadas a continuación.
a) Infracciones leves: Multa de 300 a 1.500 euros.
b) Infracciones graves: Multa de 1.501 a 10.000 euros.
c) Infracciones muy graves: Multa de 10.001 a 100.000 euros.