Ley 4/2015 · Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León.
Ley 4/2015 Art. 83
CAPÍTULO IV
Artículo 83. Concepto.
Se crea la Red de Zonas Naturales de Interés Especial, constituida por el conjunto de elementos del territorio o de elementos singulares incluidos en alguna de las categorías siguientes:
• Los montes catalogados de utilidad pública.
• Los montes protectores.
• Las zonas húmedas de interés especial.
• Las vías pecuarias de interés especial.
• Las zonas naturales de esparcimiento.
• Las microrreservas de flora y fauna.
• Los árboles notables.
• Los lugares geológicos o paleontológicos de interés especial.