Orden ECD/711/2015 Art. 2
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Esta orden será de aplicación en los centros docentes correspondientes al ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, tanto en el territorio nacional como en el exterior, en los que se impartan las enseñanzas de Educación Primaria establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.