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Ley 19/2014 · Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Ley 19/2014 Art. 79

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 79. Infracciones leves.

1. Son infracciones leves los actos y omisiones que constituyen descuido o negligencia en el cumplimiento de las obligaciones establecidas por la presente ley y en la atención a los ciudadanos cuando ejercen los derechos que les garantiza la norma.

2. La reincidencia en la comisión de infracciones leves en el plazo de dos años conlleva la aplicación de las sanciones establecidas para las infracciones graves.

3. Es una infracción leve demorar el envío de la información solicitada por el Síndic de Greuges de acuerdo con lo establecido por el artículo 93.3. Se entiende que existe demora si la información no se ha entregado en el plazo de tres meses desde la petición formulada por el Síndic de Greuges.