Ley 8/2015 · Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.
Ley 8/2015 Art. 115
CAPÍTULO I
Artículo 115. Circunstancias modificativas de la responsabilidad.
1. Los órganos disciplinarios ponderarán en la imposición de la sanción la naturaleza de los hechos, la personalidad del responsable, consecuencias y efectos de la infracción y la concurrencia de circunstancias agravantes o atenuantes.
2. Son circunstancias atenuantes:
a) La de haber precedido, inmediatamente a la comisión de la infracción, una provocación suficiente.
b) La del arrepentimiento espontáneo.
3. Son circunstancias agravantes:
a) La reincidencia.
b) El precio.