Ley 8/2015 · Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.
Ley 8/2015 Art. 67
CAPÍTULO V
Artículo 67. Reconocimiento.
Para su reconocimiento oficial a los efectos de esta ley, deberá inscribirse la sección deportiva en el Registro de Entidades Deportivas de la Región de Murcia remitiendo al efecto el acuerdo de constitución de la sección así como sus normas de funcionamiento.