Ley 8/2015 · Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia.
Ley 8/2015 Art. 94
CAPÍTULO II
Artículo 94. Sujetos responsables.
1. Serán sancionadas por la comisión de las infracciones tipificadas en el presente título las personas físicas o jurídicas que resulten responsables de las mismas, a título de dolo, culpa o mera inobservancia.
2. Los titulares de instalaciones deportivas, los representantes legales de las entidades deportivas y los organizadores de actividades deportivas serán responsables solidarios de las infracciones cometidas por personas a su servicio cuando incumplan el deber de prevenir la comisión de la infracción, sin perjuicio de las acciones de resarcimiento que resulten procedentes.