Ley Foral 17/2015 Art. 40
TÍTULO V
Artículo 40. Control externo.
Corresponde a la Cámara de Comptos, de conformidad con su normativa reguladora, la fiscalización de los fondos públicos que perciba la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Navarra, sin perjuicio de las facultades generales de control que corresponden al Tribunal de Cuentas.