Ley 14/2015 · Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura.
Ley 14/2015 Art. 46
CAPÍTULO I
Artículo 46. La calidad en los servicios sociales.
La calidad en los servicios sociales debe basarse en los criterios o estándares determinados reglamentariamente para las diferentes prestaciones disponibles con el objeto de garantizar las condiciones adecuadas en su dispensación y funcionamiento y para promover que los servicios sociales mejoren e innoven de forma continuada y permanente.