Ley 14/2015 · Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura.
Ley 14/2015 Art. 73
CAPÍTULO II
Artículo 73. Destino del importe de las sanciones.
La Administración de la Comunidad Autónoma destinará los ingresos derivados de la imposición de las sanciones establecidas por la presente ley a la mejora de la calidad y a la cobertura del Sistema Público de Servicios Sociales de Extremadura.