Orden ECD/868/2015 Art. 6
Artículo 6. Visita con entrada reducida.
Se aplicará una reducción del 50 % sobre el precio de entrada a los museos a las personas que pertenezcan a los colectivos que a continuación se detallan:
a) Miembros de grupos conforme a la definición del artículo 4 de la presente orden.
b) Las personas que realicen labores de voluntariado cultural previa presentación de la acreditación que corresponda.