Ley 4/2015 · Ley 4/2015, de 25 de marzo, de Comercio de Aragón.
Ley 4/2015 Art. 45
CAPÍTULO I
Artículo 45. Inspección de comercio.
La inspección de comercio es la actuación por la que el Departamento competente en materia de comercio examina, controla y vigila la actividad comercial, así como a las personas responsables, para verificar el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa comercial aplicable, sin perjuicio de aquellas actuaciones que proceda realizar por otros órganos y Administraciones públicas en ejercicio de sus competencias.