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Ley 6/2015 · Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón.

Ley 6/2015 Art. 32

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 32. Juventud, empleo y autoempleo.

El Instituto Aragonés de la Juventud elaborará planes y llevará a cabo programas específicos y acciones concretas destinadas a facilitar e impulsar la inserción laboral de las personas jóvenes y fomentar el empleo y el autoempleo juveniles de calidad, favoreciendo la estabilidad laboral en la contratación por cuenta ajena, la garantía de los derechos laborales de la población joven, y fomentando la iniciativa empresarial juvenil.